POR QUÉ CREAR UNA CORPORACIÓN?

La incorporación de un negocio ofrece una serie de ventajas. Primero, como una entidad legal separada, una corporación limita la responsabilidad personal, legal y financiera. En el caso de un juicio, los bienes personales, la propiedad y la reputación del propietario están separados de los de la corporación y por lo tanto están protegidos de las repercusiones legales. Segundo, una corporación, como entidad legal separada, podría sobrevivir fácilmente a sus fundadores y dueños. La propiedad es fácil de transferir y por lo tanto los consumidores y los inversores están garantizados que los negocios se mantendrán estables incluso en el caso de una tragedia.

Dependiendo de la estructura corporativa bajo la cual elija hacer negocios, puede optar por tener un impuesto pasivo a sus impuestos personales, o puede evitar la doble imposición.

Una corporación sigue siendo una corporación incluso si el propietario se va, muere o vende la empresa. Se llama existencia perpetua.

Un negocio con una extensión de INC, CORP o LLC después de su nombre a menudo suena más creíble para las personas no relacionadas con el negocio. Lo más probable es que atraiga a más socios, clientes y atención de la comunidad si elige alguna forma de incorporación. Ser incorporado también puede ayudar a proteger el nombre de su empresa en el estado en el que usted hace negocios.

Si usted está tratando de recaudar capital mediante la venta de acciones en la empresa, tendrá que estar incorporado. También tendrá que formar una corporación si alguna vez planea hacer público su negocio. Para mas informacion. Visite nuestra Oficina Pregunte a nuestros Contadores.

PROPIETARIO ÚNICO

Un propietario único es alguien que posee un negocio no incorporado por sí mismo. Sin embargo, si usted es el único miembro de una compañía de responsabilidad limitada nacional (LLC), usted no es un propietario único si usted elige tratar la LLC como una corporación. Para mas informacion. Visite nuestra Oficina Pregunte a nuestros Contadores.

ASOCIACIÓN COMERCIAL

Una asociación es la relación existente entre dos o más personas que se unen para llevar a cabo un comercio o negocio. Cada persona aporta dinero, propiedad, trabajo o habilidad, y espera participar en las ganancias y pérdidas del negocio.

Una asociación debe presentar una declaración anual de información para reportar los ingresos, deducciones, ganancias, pérdidas, etc., de sus operaciones, pero no paga impuesto sobre la renta. En lugar de ello, «pasa” cualquier beneficio o pérdida a sus socios. Cada socio incluye su parte del ingreso o pérdida de la sociedad en su declaración de impuestos.

Los socios no son empleados y no deben recibir un Formulario W-2. La sociedad debe proporcionar copias del Anexo K-1 (Formulario 1065) a los socios en la fecha en que se requiere presentar el Formulario 1065, incluidas las extensiones. Para más información Visite nuestra Oficina Pregunte a nuestros Contadores.

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (LLC)

Una compañía de responsabilidad limitada (LLC) es una estructura de negocios permitida por estatuto estatal. Cada estado puede utilizar diferentes reglamentos, y debe consultar con su estado si está interesado en iniciar una compañía de responsabilidad limitada.

Los propietarios de una LLC se llaman miembros. La mayoría de los estados no restringen la titularidad, por lo que los miembros pueden incluir individuos, corporaciones, LLCs y entidades extranjeras. No hay un número máximo de miembros. La mayoría de los estados también permiten LLCs, de «un solo miembro” aquellas que tienen sólo un propietario.

Algunos tipos de negocios generalmente no pueden ser LLCs, tales como bancos y compañías de seguros. Verifique los requisitos de su estado y las regulaciones federales de impuestos para obtener más información. Hay reglas especiales para LLCs extranjeras.

 

Clasificaciones

Dependiendo de las elecciones hechas por la LLC y el número de miembros, el IRS tratará a una LLC como una corporación, sociedad o como parte de la declaración de impuestos del propietario de la LLC (una entidad “que no es considerada como una entidad independiente del dueño»). Específicamente, una LLC nacional con al menos dos miembros se clasifica como una sociedad para propósito de impuestos federales a menos que presente el Formulario 8832 o el Formulario 2553 y opte por ser elegida como una corporación «C» o como una corporación «S». Y una LLC con un solo miembro es tratada como una entidad no separada de su propietario para propósitos de impuesto sobre la renta (pero como una entidad separada para propósitos de impuesto laboral y ciertos impuestos especiales), a menos que presente el Formulario 8832 o el Formulario 2553 y elija ser tratado como una corporación «C» o como una corporación «S».

 

Fecha Efectiva de la Elección

Una LLC que no quiera aceptar su clasificación impositiva federal por defecto, o que desee cambiar su clasificación, usa el Formulario 8832 o la el Formulario 2553, Elección de Clasificación de Entidades, para elegir cómo se clasificará para propósitos de impuestos federales. Generalmente, una elección que especifica la clasificación de una LLC no puede ser presentada más de 75 días después de su creación, ni puede tener efecto después de 12 meses de la fecha en que se presenta la elección. Una LLC puede ser elegible para alivio de su elección tardía en ciertas circunstancias. Para más información Visite nuestra Oficina Pregunte a nuestros Contadores.

CORPORACIONES

Al formar una corporación, los posibles accionistas intercambian dinero, propiedad o ambos, por el capital social de la corporación. Una corporación generalmente toma las mismas deducciones que un individuo para calcular su renta impositiva. Una corporación también puede tomar deducciones especiales. Para propósitos de impuesto sobre la renta federal, una corporación C se reconoce como una entidad contribuyente separada. Una corporación realiza negocios, tiene ingresos netos o pérdidas, paga impuestos y distribuye beneficios a los accionistas.

Las ganancias de una corporación se gravan a la corporación cuando se gana, y luego se grava a los accionistas cuando se distribuyen como dividendos. Esto crea un doble impuesto. La corporación no obtiene una deducción de impuestos cuando distribuye dividendos a los accionistas. Los accionistas no pueden deducir ninguna pérdida de la corporación. Para más información Visite nuestra  Oficina Pregunte a nuestros Contadores.

CORPORACIONES “S”

Las corporaciones S son corporaciones que eligen pasar los ingresos corporativos, las pérdidas, las deducciones y los créditos a través de sus accionistas para propósitos de impuestos federales. Los accionistas de las corporaciones S informan el flujo de ingresos y pérdidas en sus declaraciones de impuestos personales y se les tasan impuestos segun sus tarifas de impuesto sobre la renta individual. Esto permite a las corporaciones S evitar la doble imposición sobre los ingresos corporativos.

Para calificar para el estatus de corporación S, la corporación debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser una corporación doméstica
  • Tener sólo accionistas permisibles
  • Pueden ser individuos, ciertos fideicomisos
  • No pueden ser sociedades, corporaciones o accionistas extranjeros no residentes
  • No pueden tener más de 100 accionistas
  • Deben tener sólo una clase de stock

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CONTRATISTA INDEPENDIENTE (AUTO-EMPLEADO) O EMPLEADO

Es fundamental que los dueños de negocios determinen correctamente si los individuos que prestan servicios son empleados o contratistas independientes.

Generalmente, debe retener los impuestos sobre la renta, retener y pagar los impuestos de Seguro Social y Medicare y pagar el impuesto de desempleo sobre los salarios pagados a un empleado. Por lo general, no tiene que retener o pagar impuestos sobre los pagos a contratistas independientes.

Si usted es propietario de un negocio  que contrata o hace contratos con otras personas para proporcionar servicios, debe determinar si los individuos que prestan servicios son empleados o contratistas independientes. Para más información Visite nuestra Oficina Pregunte a nuestros Contadores.

QUIEN ES TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA

Generalmente, usted es trabajador por cuenta propia si cualquiera de los siguientes aplica a usted.

Usted lleva a cabo transacciones o negocio como propietario individual o contratista independiente..

  • Usted es un miembro de una sociedad que lleva a cabo un comercio o negocio.
  • Usted está en el negocio por sí mismo (incluyendo un negocio a tiempo parcial).

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CONTRATISTA INDEPENDIENTE

Las personas tales como doctores, dentistas, veterinarios, abogados, contadores, contratistas, subcontratistas, taquígrafos públicos, o subastadores que están en un comercio independiente, negocios o profesión en la que ofrecen sus servicios al público en general son generalmente contratistas independientes. Sin embargo, si estas personas son contratistas independientes o empleados depende de los hechos en cada caso. La regla general es que un individuo es un contratista independiente si el pagador tiene el derecho de controlar o dirigir sólo el resultado del trabajo y no lo que se hará y cómo se hará. Los ingresos de una persona que trabaja como contratista independiente están sujetos al impuesto de trabajo por cuenta propia. Si usted es un contratista independiente, usted es un trabajador por cuenta propia.

Usted no es un contratista independiente si realiza servicios que pueden ser controlados por un empleador (qué se hará y cómo se hará). Esto se aplica incluso si se le da libertad de acción. Lo que importa es que el empleador tiene el derecho legal de controlar los detalles de cómo se realizan los servicios.

Si existe una relación entre el empleador y el empleado (independientemente de cuál sea la relación), usted no es un contratista independiente y sus ganancias generalmente no están sujetas al impuesto de trabajo por cuenta propia. Para más información Visite nuestra Oficina Pregunte a nuestros Contadores.

QUÉ SON LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA?

Como trabajador por cuenta propia, generalmente se le requiere presentar una declaración anual y pagar el impuesto estimado trimestralmente.

Los trabajadores por cuenta propia en general deben pagar el “impuesto sobre el empleo por cuenta propia” (impuesto SE), así como el impuesto sobre la renta. El impuesto SE es un impuesto de Seguro Social y Medicare principalmente para las personas que trabajan por sí mismos. Es similar a los impuestos de Seguro Social y Medicare retenidos de la paga de la mayoría de los asalariados. En general, siempre que se utilice la expresión «impuesto sobre el empleo por cuenta propia»; Sólo se refiere a los impuestos de Seguro Social y Medicare y no cualquier otro impuesto (como el impuesto sobre la renta).

Usted tiene que presentar una declaración de impuestos si sus ganancias netas de trabajo por cuenta propia fueron $ 400 o más. Si sus ganancias netas del trabajo por cuenta propia fueron menos de $ 400, usted todavía tiene que presentar una declaración de impuestos si cumple con cualquier otro requisito de presentación. Para más información Visite nuestra Oficina Pregunte a nuestros Contadores.

IMPUESTO DE TRABAJO POR CUENTA PROPIA

El impuesto de trabajo por cuenta propia es un impuesto que consiste en impuestos de Seguro Social y Medicare principalmente para individuos que trabajan por sí mismos. Es similar a los impuestos de Seguro Social y Medicare retenidos del pago de la mayoría de los asalariados. También puede deducir la parte equivalente al empleador de su impuesto de trabajo por cuenta propia al calcular su ingreso bruto ajustado. Los asalariados no pueden deducir los impuestos de Seguro Social y Medicare. Para más información Visite nuestra Oficina Pregunte a nuestros Contadores.